Fomag responde las cinco dudas más frecuentes sobre pensiones del magisterio: para docentes pensionados y activos

El Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), a través del doctor Carlos Cortés, director de Prestaciones Económicas, respondió a las cinco dudas más frecuentes sobre las pensiones del magisterio.
Entre los temas tratados se encuentran la sustitución pensional, la pensión de sobrevivientes, la reliquidación de pensiones y recomendaciones para agilizar los trámites a través de la plataforma Humano en Línea.
1. ¿Las pensiones del magisterio se pueden heredar?Según el Dr. Cortés, el término “heredar” no es técnicamente correcto: "No, a ver, puntualmente no se hereda y no sería el término que en prestaciones económicas deberíamos utilizar", dijo.
En caso de fallecimiento del docente, existen dos escenarios:
Cuando el docente ya estaba pensionado, se transfiere la pensión a sus beneficiarios. Estos pueden ser:
- La esposa o compañera permanente.
Los hijos, si cumplen alguno de los siguientes requisitos:
- Tener hasta 18 años.
- Tener hasta 25 años si están estudiando (deben presentar certificado de escolaridad).
- Tener una condición de invalidez debidamente certificada.

Esto debe saber sobre la sustitución pensional. Foto:iStock
- Pensión de sobrevivientes
Cuando el docente fallece sin haber obtenido una pensión, los beneficiarios pueden acceder a una pensión de sobrevivientes, siempre que el docente haya cumplido los requisitos legales de tiempo de servicio y afiliación. En el régimen especial de la Ley 91 de 1989, se evalúa si es posible una pensión post mortem.
2. ¿Por qué se demoran las reliquidaciones de pensiones del magisterio?Aunque la reliquidación de pensiones es un derecho, el Dr. Cortés explicó que este trámite no tiene prioridad sobre otras solicitudes urgentes.
El Fomag debe gestionar las solicitudes con criterios de priorización debido a sus limitaciones operativas y presupuestales.
Las solicitudes se atienden en el siguiente orden:
- Pensiones de invalidez.
- Pensiones de sobrevivientes.
- Primera pensión de jubilación.
- Reliquidaciones (ajustes al valor de pensión ya reconocida).
- La menor prioridad se debe a que el beneficiario ya recibe mesadas mientras se tramita su solicitud.

Los docentes se rigen por un régimen pensional especial establecido en la Ley 91 de 1989. Foto:iStock
El proceso completo de reliquidación contempla los siguientes plazos:
- 4 meses para análisis técnico y jurídico por parte del ente territorial y el Fomag.
- 2 meses adicionales para la inclusión en nómina del nuevo valor aprobado.
- Tiempo total estimado: 6 meses.
Cuando el trámite excede los 6 meses, el Fomag da prioridad a los casos más antiguos. Esta medida obedece a lineamientos de los órganos de control, como la Contraloría General de la República, que supervisa el cumplimiento y oportunidad de los pagos.
5. ¿Cómo pueden los docentes pensionados agilizar sus trámites?- No compartir claves personales: el Fomag ha detectado que algunos docentes entregan sus credenciales a terceros que ofrecen ayuda con los trámites. Esta práctica expone a fraudes y bloqueos innecesarios.
- Revisar frecuentemente la cuenta en Humano en Línea: es fundamental que los docentes verifiquen el estado de sus solicitudes y desistimiento de trámites no reconocidos.
- Conocer la ruta correcta para iniciar el trámite de pensión: el proceso inicia en la Secretaría de Educación certificada, no directamente en el Fomag. Esta entidad es la responsable de certificar el tiempo de servicio y consolidar la documentación.
Los canales oficiales, el conocimiento del proceso y la protección de datos personales son claves para garantizar que los trámites se desarrollen de forma segura y sin contratiempos.
Más noticias en EL TIEMPO*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y un editor.
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