El Servicio Federal Antimonopolio (FAS) ha aclarado el procedimiento para la compra de medicamentos no incluidos en la lista de medicamentos vitales y esenciales.

El Servicio Federal Antimonopolio (FAS) redactó la carta en respuesta a las consultas de entidades económicas sobre la legalidad de que las comisiones regionales del FAS rechazaran las ofertas de los participantes en licitaciones debido a la ausencia de la presentación farmacéutica propuesta en la lista de medicamentos esenciales. Los solicitantes señalaron que sí existían presentaciones farmacéuticas equivalentes en la lista y que los medicamentos propuestos habían registrado precios máximos de venta.
El organismo regulador concluyó que, en caso de discrepancia entre la información del Registro Estatal de Medicamentos sobre la no clasificación de un fármaco como medicamento de venta libre y el registro estatal de precios máximos de venta, los clientes gubernamentales deben basarse en esta última base de datos y tener en cuenta la información contenida en la lista de medicamentos intercambiables. El Servicio Federal de Adquisiciones (FAS) consideró ilegal rechazar las ofertas de los participantes en la contratación pública debido a la ausencia de una determinada forma farmacéutica en la lista de medicamentos de venta libre o en el Registro Estatal de Medicamentos, aun cuando exista un precio registrado para dicho fármaco.
Representantes del servicio señalaron que en el cuarto trimestre de 2024, junto con el Ministerio de Salud ruso, llevaron a cabo “trabajos para agrupar las formas farmacéuticas en la lista de medicamentos vitales y esenciales”.
El Ministerio de Salud actualizó por última vez la lista de medicamentos intercambiables, que incluye, entre otras cosas, una lista de formas farmacéuticas equivalentes, a finales de marzo de 2025. Según explicaron expertos del bufete Verba Legal, la inclusión de estos medicamentos en el documento podría llevar a que los consumidores opten con mayor frecuencia por alternativas más económicas en las compras gubernamentales. Los abogados consideran que la preferencia de médicos y farmacéuticos por una mayor variedad de medicamentos intercambiables dentro de una misma Denominación Común Internacional (DCI) incrementa la competencia entre los fabricantes cuyos medicamentos figuran en la lista.
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