El Gobierno quiere que los padres puedan tomar 14 días consecutivos de licencia tras el nacimiento de su hijo

El Gobierno quiere introducir cambios en el permiso parental exclusivo para los padres, con el fin de obligarlos a tomar 14 días consecutivos inmediatamente después del nacimiento de su hijo, según el borrador del documento remitido a los interlocutores sociales al que ha tenido acceso Lusa.
Se trata de una propuesta de modificación del artículo 43 del Código del Trabajo, referente a la licencia parental exclusiva para los padres, que dispone que será obligatorio para “los padres disfrutar de 28 días de licencia parental, en forma consecutiva o en períodos interpolados, dentro de los 42 días siguientes al nacimiento del hijo, de los cuales 14 deberán disfrutarse consecutivamente inmediatamente después del nacimiento”.
Actualmente, la ley exige que los padres tomen al menos siete días libres después del nacimiento de su hijo.
“Los padres están obligados a disfrutar de 28 días de licencia parental, de forma consecutiva o en periodos interpolados de al menos 7 días, dentro de los 42 días siguientes al nacimiento del hijo, de los cuales 7 deben disfrutarse consecutivamente inmediatamente después de éste”, según la ley vigente.
Entre las más de 100 modificaciones al Código de Trabajo contenidas en el anteproyecto de reforma de la legislación laboral presentado a los interlocutores sociales y que aún se negociarán en el marco del diálogo social se encuentran cambios en diversos tipos de permisos, como el permiso por adopción, el permiso parental inicial o el permiso por lactancia materna.
Respecto a la licencia por interrupción del embarazo, prevista en el artículo 38 del Código de Trabajo, el Gobierno quiere permitir que se considere una ausencia para asistencia al compañero de la trabajadora en estas circunstancias.
“El acompañante del trabajador está sujeto al régimen de ausencia por asistencia a un miembro del hogar, previsto en el artículo 252”, se lee en el proyecto de ley presentado a los interlocutores sociales, al que Lusa tuvo acceso.
Según la legislación vigente, “en caso de interrupción del embarazo, la trabajadora tiene derecho a una licencia de entre 14 y 30 días”, y cualquier vulneración de este derecho constituye una infracción muy grave.
Respecto de la ausencia por asistencia, la ley prevé que el trabajador podrá faltar al trabajo “hasta 15 días al año para prestar asistencia urgente e indispensable, en caso de enfermedad o accidente, al cónyuge o persona que conviva en unión de hecho o economía común con el trabajador, pariente o consuetudinario en línea directa ascendente o en el 2º grado de línea colateral”.
El Gobierno aprobó este jueves, en Consejo de Ministros, un anteproyecto de "profunda reforma" de la legislación laboral, que se negociará con los agentes sociales, y que incluye la revisión de "más de un centenar de artículos del Código del Trabajo".
La reforma, denominada "Trabalho XXI", pretende flexibilizar regímenes laborales "que son muy rígidos", con el fin de aumentar la "competitividad de la economía y promover la productividad de las empresas", según indicó el ministro de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social, en rueda de prensa, tras el Consejo de Ministros.
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