Ordenarán ocupación de 21 hectáreas para el paso del tren AIFA-Pachuca

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Ordenarán ocupación de 21 hectáreas para el paso del tren AIFA-Pachuca

Ordenarán ocupación de 21 hectáreas para el paso del tren AIFA-Pachuca

El gobierno federal tiene listo un Decreto por medio del cual se declarará la ocupación temporal inmediata de 218,716.774 m² (21.87 hectáreas) relacionados con 77 inmuebles de propiedad privada que se ubican en municipios del Estado de México y de Hidalgo, por ser necesarios para la construcción del tren de pasajeros Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA)-Pachuca, que se considera de utilidad pública.

Una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en los siguientes 10 días hábiles los interesados podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, “con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización”.

Los predios están en los municipios de Tecámac y Temascalapa, en el Estado de México, y Tizayuca, Villa de Tezontepec, Tolcayuca, Zapotlán de Juárez, Zempoala y Mineral de la Reforma, en Hidalgo.

De acuerdo con el Decreto, los recursos requeridos serán cubiertos con el presupuesto autorizado a la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF), de conformidad con los avalúos que emita en su momento el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN).

La construcción del tramo ferroviario mencionado, de 57 km, está a cargo de ingenieros de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) y se prevé su inauguración durante el primer semestre del 2027.

Como parte del proceso de ocupación (que eventualmente se puede convertir en expropiación), se explicó que la ARTF solicitó a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las acciones que resulten necesarias para promover la adquisición de aquellos inmuebles “apropiados e idóneos” que se requieren para el proyecto estratégico para el país.

Además, de que se trata de “un proyecto de interés público en razón de que conectará a las entidades federativas de Hidalgo, México y Ciudad de México, además de que representa una alternativa de movilidad para diversas zonas, ya que también generará conexión con otros sistemas de transporte público locales... con un enfoque regional, multimodal y sustentable”.

Ocupación necesaria

En el documento difundo se precisa que, debido a la trascendencia del proyecto de tren de pasajeros, y a efecto de evitar pérdidas económicas innecesarias al erario, es preciso fortalecer la viabilidad técnica durante su construcción, por lo que, resulta procedente decretar la ocupación temporal inmediata en términos de los artículos 2 Bis, 4o. y 7o. de la Ley de Expropiación.

También se precisa que “en caso de que los bienes inmuebles materia de la declaratoria de utilidad pública y de ocupación temporal no fueren destinados total o parcialmente al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, al término de cinco años, los propietarios afectados podrán solicitar a la autoridad que haya tramitado el expediente, la reversión total o parcial del bien de que se trate, o la insubsistencia de la ocupación temporal, o el pago de los daños causados”.

Con base en el decreto, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Desarrollo Territorial) quedará a cargo de la inscripción del decreto en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro de la Propiedad Estatal que corresponda.

Eleconomista

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