Obligación de mascarilla por coronavirus: el juez Dettmar también pierde la última instancia

El Tribunal Constitucional Federal de Karlsruhe ha desestimado el recurso interpuesto por el juez de distrito de Weimar, Siegfried Dettmar. El exjuez de distrito fue objeto de escrutinio cuando ordenó la supresión del uso obligatorio de mascarillas en dos escuelas de Turingia en 2021. Formalmente, no fue responsable de esta decisión. En una decisión publicada el jueves, la Tercera Sala del Segundo Senado del Tribunal Constitucional Federal rechazó el recurso de amparo constitucional presentado por un juez contra su condena por prevaricación.
Esto significa que Dettmar sigue estando condenado legalmente.
En abril de 2021, Dettmar levantó el requisito de uso de mascarilla en las escuelas en dos casos tras una demanda interpuesta por Doreen B., de Weimar. Argumentó que sus hijos, de 8 y 14 años, habían sufrido dolores de cabeza, náuseas y trastornos del sueño a causa del uso de mascarillas. Posteriormente, Dettmar prohibió a la escuela primaria estatal Pestalozzi y a la escuela regular estatal Pestalozzi de Weimar que aplicaran el requisito de uso de mascarillas, distanciamiento social y pruebas.
Esta decisión fue revocada por el Tribunal Superior Regional de Turingia. El tribunal justificó su decisión alegando que Dettmar carecía de jurisdicción sobre el caso. La fiscalía lo acusó de prevaricación, y el Tribunal Regional de Erfurt lo condenó a dos años de prisión condicional. Los jueces lo acusaron de manipular deliberadamente el proceso, incluyendo la selección anticipada de peritos que fallarían a su favor.
El Tribunal Federal de Justicia confirmó esta sentencia en noviembre de 2024. Dettmar recurrió ante el Tribunal Constitucional Federal, que ahora también rechazó su recurso final.
El Tribunal Constitucional Federal escribe en su comunicado de prensa:
Según las conclusiones del tribunal especializado, el demandante, juez de familia, dictó en abril de 2021 una medida cautelar que prohibía a la dirección y al profesorado de dos escuelas aplicar ciertas medidas de control de infecciones vigentes en ese momento para contener la propagación del coronavirus entre los niños que allí estudiaban. El demandante se esforzó deliberadamente por asegurar que un procedimiento correspondiente entrara en su ámbito de responsabilidad según el plan de negocios, se pronunció sobre una propuesta que había ayudado a preparar y, al hacerlo, utilizó y abusó deliberadamente de la función judicial que se le había encomendado.
Con su recurso de amparo, el demandante impugna la sentencia del Tribunal Federal de Justicia que desestimó su recurso. Alega una violación del artículo 3, párrafo 1, de la Ley Fundamental, que prohíbe la arbitrariedad, debido a que el Tribunal Federal de Justicia se apartó de sus normas establecidas sobre la prevaricación sin justificación suficiente.
La Sala no admitió a trámite el recurso de amparo porque el recurrente no demostró de manera concluyente la supuesta violación de la prohibición de arbitrariedad.
Berliner-zeitung