Polémica regulación sobre las vacaciones del personal turístico

Con el nuevo proyecto de ley presentado ante la Gran Asamblea Nacional Turca , se allana el camino para que los trabajadores del sector turístico disfruten de sus vacaciones semanales con un retraso de cuatro días . El derecho a vacaciones ininterrumpidas de 24 horas durante seis días de trabajo, que antes era obligatorio, puede ejercerse dentro de los cuatro días siguientes a la finalización del sexto día de trabajo.
El Proyecto de Ley sobre la Modificación de Ciertas Leyes y el Decreto Legislativo n.º 375 , con número 2/3186, presentado a la Gran Asamblea Nacional Turca el 30 de junio de 2025, incluye una importante normativa que afecta directamente a la vida laboral. Esta normativa, que afecta especialmente a miles de trabajadores del sector turístico, pretende añadir un nuevo párrafo al artículo 46 de la Ley del Trabajo n.º 4857.
No se permiten horas extras para los empleados que trabajan los fines de semanaSegún la evaluación realizada por el experto de SGK, Mehmet Akif Cenkci, a halktv.com.tr , si la propuesta se convierte en ley, los trabajadores que trabajan en alojamientos certificados por el Ministerio de Cultura y Turismo podrán disfrutar de las vacaciones semanales durante los cuatro días siguientes en lugar del día de trabajo, siempre que obtengan su autorización por escrito. Sin embargo, lo más destacable es que quienes trabajen durante las vacaciones semanales no recibirán el pago de horas extras por el trabajo realizado durante este período.
Expertos laborales y representantes de los trabajadores advierten que la propuesta podría conllevar graves pérdidas de derechos. Si bien el requisito de "aprobación" está incluido en el texto, si esta aprobación es voluntaria u obligatoria se convierte en un tema de debate, especialmente considerando la escasez de personal y la estacionalidad del sector turístico.
El derecho al descanso, que no es un lujo sino un derecho fundamental, abarca no solo el descanso físico, sino también dimensiones humanas como pasar tiempo con la familia y conectar con la vida social. Esta regulación conlleva el riesgo de posponer no solo el derecho legal del trabajador, sino también su conciliación vital.
Las notificaciones se realizarán a través de KEPPor otro lado, el reglamento también incluye un artículo técnico que permite a los empleadores realizar notificaciones escritas mediante correo electrónico certificado (CEC). Sin embargo, considerando el nivel de alfabetización digital y la desigualdad de acceso en la práctica, no está claro cuán efectivo será este sistema para los trabajadores.
La propuesta se considera un paso para facilitar la gestión del personal del empleador, especialmente durante el verano. Sin embargo, las críticas surgen porque esta facilitación va en detrimento del descanso y los derechos económicos del trabajador.
Las vacaciones pueden convertirse en un privilegio, no en un derechoSe afirma que si la propuesta se convierte en ley, el descanso semanal para los trabajadores del turismo podría convertirse en un privilegio diferible en lugar de un derecho constitucional al descanso, y el trabajador trabajaría y no recibiría horas extras.
El texto completo del proyecto de ley es el siguiente:
ARTÍCULO 10. Los trabajadores que laboran en centros de trabajo dentro del ámbito de aplicación de la Ley Laboral N.° 857 tienen derecho a vacaciones semanales si completan una jornada laboral semanal de 45 horas, pero deben disfrutarlas dentro de un plazo de siete días. Asimismo, el artículo reserva el derecho a vacaciones semanales acumuladas con la jornada laboral semanal, y considerando las necesidades que surgen en el sector turístico, se establece una regulación flexible que permitirá al personal que trabaja en establecimientos de alojamiento con un certificado de negocio turístico del Ministerio de Cultura y Turismo disfrutar de sus vacaciones semanales dentro de un plazo de 10 días cuando lo considere necesario, siempre que cuenten con una solicitud y aprobación por escrito. Se exceptúa la regla general de que las vacaciones semanales se disfruten un día por semana (6+1) para el personal en cuestión. En este caso, el trabajador que tenga derecho a vacaciones semanales el día en que se complete la jornada laboral de 45 horas podrá disfrutarlas dentro de los cuatro días (10+1) siguientes a la fecha en que tenga derecho a vacaciones, con un Solicitud o aprobación por escrito. De esta manera, se permite al trabajador combinar las vacaciones semanales obtenidas, crear un tiempo libre más productivo y utilizar el tiempo que dedica a su vida privada de forma más eficiente. También se busca contribuir al establecimiento de la paz laboral entre trabajadores y empleadores, considerando la evolución de la vida social y económica. Los informes de la OIT también incluyen conclusiones que demuestran que las políticas de conciliación de la vida laboral y personal ofrecen beneficios significativos a las empresas y que son beneficiosas tanto para los trabajadores como para los empleadores .
ARTÍCULO 10 - Se añaden las siguientes frases al primer párrafo del Artículo 46 de la Ley del Trabajo N.º 4857, de 22/5/2003: «No obstante, las vacaciones semanales a las que tienen derecho los trabajadores de establecimientos de alojamiento con certificado de actividad turística emitido por el Ministerio de Cultura y Turismo, en el marco de este párrafo, podrán disfrutarse dentro de los cuatro días siguientes a su fecha de disfrute, previa solicitud o autorización por escrito del trabajador. En este caso, la parte del trabajo realizado por el trabajador durante las vacaciones semanales a las que tiene derecho, equivalente a la jornada laboral diaria normal, no se computará para el cálculo de las horas extraordinarias. El trabajador podrá revocar la autorización otorgada, siempre que notifique por escrito al empleador con treinta días de antelación».
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