Asesor principal del presidente Mehmet Uçum: No puede haber una nueva constitución sin un referéndum

El asesor principal del presidente, Mehmet Uçum, reaccionó recientemente a la afirmación de que se estaban solicitando nuevos estudios constitucionales "para la candidatura de Erdoğan", afirmando que "Erdoğan podría ser candidato una vez más si se toma la decisión de celebrar elecciones anticipadas".
Uçum respondió a otra declaración sobre el nuevo trabajo constitucional en una publicación que compartió hoy en su cuenta de redes sociales.
✔️ARTÍCULO DOMINICAL INTENTA DISTORSIONAR LA NUEVA AGENDA CONSTITUCIONAL (4) En esta serie, nos centraremos finalmente en la afirmación de que "el pueblo no tiene una agenda constitucional". Esta afirmación no solo es una distorsión, sino que también indica una incompetencia intelectual. ¡La naturaleza constitucional de las demandas populares! La rutina de las democracias...
– Mehmet Uçum (@mehmetucum) 20 de julio de 2025
Al criticar la opinión expresada por los partidos de oposición de que "la agenda del pueblo no es una nueva constitución", Uçum argumentó que se trataba de una "determinación superficial".
Uçum, quien defiende la idea de que un referéndum es necesario para una nueva constitución, explicó su postura así: «La primera razón es la necesidad de completar la legitimidad democrática con la aprobación del pueblo, la voluntad fundacional fundamental. La segunda razón es el derecho del pueblo a supervisar si el Parlamento ha adoptado un texto legal que se ajuste a la visión popular de una constitución política».
El asesor principal del presidente, Uçum, señaló lo siguiente sobre la nueva constitución:
Finalmente, en esta serie, nos centraremos en la afirmación de que "el pueblo no tiene una agenda constitucional". Esta afirmación no solo es una distorsión, sino que también indica una insuficiencia intelectual. ¡La naturaleza constitucional de las demandas populares! En el funcionamiento cotidiano de las democracias, el pueblo no expresa sus expectativas con respecto a la constitución en términos legales. Para determinar las demandas constitucionales del pueblo, debe examinarse el equivalente legal de todas sus visiones políticas, económicas, culturales y de justicia para el cambio o el desarrollo.
Si las leyes o la legislación secundaria resultan insuficientes para satisfacer las expectativas públicas de mejora del sistema, surge la necesidad de normas constitucionales. Esto, a su vez, debe entenderse como la demanda pública de una constitución. En otras palabras, la tarea de la política democrática es traducir el deseo público de un orden más justo y eficaz —independientemente del tema específico— en la necesidad de un cambio constitucional, especialmente en lo que respecta a las demandas que no pueden satisfacerse mediante normas subconstitucionales. Esta es la esencia del asunto.
¡La relación entre las reivindicaciones concretas del pueblo y la Constitución!
Si la expectativa pública respecto a la solución de los problemas generales y actuales requiere reglas avanzadas e instituciones mejoradas, algunas de éstas surgen como una demanda de una constitución debido al nivel de las normas.
Por ejemplo, la expectativa pública de un tope de precios cuando sea necesario para combatir los altos precios debería considerarse una exigencia constitucional. Las demandas públicas respecto al derecho a una vida digna pueden materializarse mediante la inclusión de dicho derecho en la constitución.
De igual manera, el deseo público de que nadie afronte dificultades económicas podría traducirse en garantías constitucionales como el sustento mínimo vital o el derecho a una renta mínima. El deseo público de empoderar a los votantes para que tengan mayor influencia en los procesos electorales parlamentarios podría ser una norma e institución constitucional que incluya el derecho a la revocación.
El deseo del público de una mayor participación en los procesos legislativos puede considerarse una exigencia del derecho y la autoridad para proponer leyes, lo cual debería estar consagrado en la constitución. Se pueden citar numerosos ejemplos en cada ámbito. Como puede observarse, la opinión de que «no existe una demanda de una nueva constitución en la agenda pública» es una evaluación superficial y objetivamente incorrecta que ignora la dinámica revolucionaria y la perspectiva futura de las demandas públicas.
¡Constitución Política y Constitución Legal!
Por lo tanto, la nueva Constitución es en realidad la necesidad básica creada por la visión constante y general del pueblo de un sistema mejor.
Por esta razón, se distingue entre una constitución política y una constitución legal. Una constitución política es aquella que refleja la visión del pueblo sobre el sistema y el orden, así como sus demandas y necesidades de un futuro mejor.
Es posible ver los elementos de la constitución política más claramente en los programas de quienes participan en la "política de la demanda" entre los partidos políticos que son los representantes democráticos y legítimos del pueblo.
Si la constitución política propuesta por el pueblo es traducida legalmente y aceptada como ley integral por la Asamblea compuesta por representantes del pueblo y entra en vigor con la aprobación del pueblo, una nueva constitución se convierte en un asunto legal.
¡La relación entre la Agenda de la Nueva Constitución del Pueblo y el Referéndum!
En un orden democrático, mientras el pueblo desee constantemente mejores resultados para el sistema, y esto siempre ha sido así, una nueva constitución será siempre la agenda habitual y dinámica del pueblo. Por lo tanto, el Parlamento, como voluntad constituyente representativa, debe redactar la nueva constitución teniendo en cuenta la agenda constitucional permanente del pueblo y la necesidad de obtener la aprobación del pueblo, la voluntad constituyente primaria.
Porque el pueblo sólo puede demostrar la armonía entre la constitución que imagina y la nueva constitución aprobada por el Parlamento dando su aprobación.
Incluso si la nueva constitución es aprobada por 400 o más votos en la Gran Asamblea Nacional Turca, hay dos razones principales por las que es necesario un referéndum:
La primera razón es la necesidad de completar la legitimidad democrática con la aprobación del pueblo, que es la voluntad fundadora primaria.
La segunda razón es la necesidad del derecho del pueblo a supervisar si el Parlamento ha adoptado un texto legal que está en consonancia con la visión del pueblo de una constitución política.
"Última palabra: no puede haber una nueva constitución sin un referéndum".
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