Los tribunales prohíben a las instituciones financieras bloquear teléfonos móviles por impago de préstamos

La Segunda Sala Civil del TJDFT (Tribunal de Justicia del Distrito Federal y Territorios) declaró que es ilegal el bloqueo remoto de teléfonos celulares de clientes de instituciones financieras por incumplimiento de préstamos .
Las instituciones financieras Supersim y Socinal fueron acusadas de exigir, como garantía del préstamo, que los consumidores instalaran aplicaciones capaces de bloquear las funciones del dispositivo, en un método conocido como "kill switch" .
Según la decisión, las aplicaciones deberán ser retiradas de las tiendas virtuales en el plazo de 15 días, bajo pena de multa diaria de R$ 100 mil. Además, por cada nuevo contrato firmado con cláusula similar, podrá aplicarse una multa de R$ 10.000.
Folha contactó a las instituciones financieras involucradas en la prohibición, pero no recibió respuesta hasta el momento de publicar este informe.

La acción civil pública fue propuesta por el MPDFT ( Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios), a través de Prodecon (1ª Procuraduría de Defensa del Consumidor) y del Idec (Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor).
El Tribunal entendió que la práctica viola los derechos fundamentales de los consumidores , especialmente el derecho a la dignidad, a la comunicación, al trabajo y a la información. Para el Departamento de Justicia, existe también una “hipervulnerabilidad del público afectado, compuesto principalmente por personas de bajos ingresos, muchas veces con crédito negativo y con acceso limitado al crédito formal”.
"El teléfono celular es un bien esencial. Su privación, impuesta por el bloqueo remoto, compromete el acceso del consumidor aservicios bancarios , salud , educación y programas sociales, comoel Bolsa Familia ", afirma el fiscal Paulo Binicheski.
Según la decisión, el bloqueo unilateral, sin autorización judicial ni notificación previa, viola la Constitución Federal. Para Prodecon se trata de una medida coercitiva, desproporcionada e incompatible con los principios del CDC (Código de Protección al Consumidor).
El tribunal también reconoció como abusivas las tasas de interés cobradas, que alcanzan el 18,5% mensual, consideradas muy por encima del promedio publicado por elBanco Central en el mismo período (alrededor del 6,41%).
uol