Cuando el detective privado es demandado por su cliente

Un cliente que se queja del mal cumplimiento de un contrato puede solicitar al juez que dicte la "resolución", es decir, la anulación retroactiva de dicho contrato, con fundamento en el artículo 1217 del Código Civil . Esto es lo que se refleja en el siguiente caso.
El 24 de diciembre de 2020, la Sra. X citó al Sr. Y, jefe de la Agencia de Investigaciones Ferner, a quien le había encomendado una misión... cuatro años antes. Declaró que, el 28 de diciembre de 2016, le había pedido que investigara al Sr. X, quien se encontraba en proceso de divorcio y era sospechoso de infidelidad.
Su contrato preveía un salario de 4.814 € (IVA incluido) por 54 horas (es decir, 74 € (IVA no incluido) por hora), el pago inmediato de un anticipo de 2.400 € y la presentación de un informe tras el pago íntegro de los honorarios y gastos. La Sra. X afirma que nunca recibió dicho informe.
El Sr. Y, por el contrario, sostiene que se la entregó el 16 de enero de 2017, junto con su factura. Precisa que no conservó una copia, «de conformidad con las obligaciones del artículo E-24 del Código Nacional de Ética y Prácticas de los Detectives Privados».
89 euros impuestos incluidos por horaEste último indica, no obstante, que si "el informe establecido electrónicamente se elimina después de un período de retención de un año después de que se haya entregado el original al cliente" , una copia en papel "se conserva en el archivo, en caso de que el cliente solicite una copia más tarde, para comunicarla a su abogado o para su uso personal" .
Sin embargo, el Tribunal de Primera Instancia de Estrasburgo no planteó este punto. El 30 de junio de 2022, dictaminó que el investigador no había aportado pruebas de haber presentado el informe controvertido a su cliente. Declaró la resolución del contrato, con fundamento en el artículo 1217 del Código Civil , y ordenó el reembolso de los 4.814 €.
El detective apela, esta vez presentando el informe que una empresa de informática recuperó del disco duro de su ordenador. Este documento se refiere a "44,5 horas de vigilancia" del Sr. X, entre el 2 y el 10 de enero de 2017: " diez horas de viaje, una hora y 45 minutos de consulta y una hora y 30 minutos de redacción y facturación de informes". El Sr. Y también presenta un certificado de un becario que afirma haber trabajado con él en el caso (trabajo de campo y redacción).
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Le Monde