La estricta ley que cambia el mundo de las conservas en España: así afecta a las latas de sardinas, mejillones, berberechos y almejas
%3Aformat(jpg)%3Aquality(99)%3Awatermark(f.elconfidencial.com%2Ffile%2Fbae%2Feea%2Ffde%2Fbaeeeafde1b3229287b0c008f7602058.png%2C0%2C275%2C1)%2Ff.elconfidencial.com%2Foriginal%2F357%2F862%2F25d%2F35786225d2063ba58f254d5df8fa97bc.jpg&w=1280&q=100)
Sacar una lata de sardinas de la despensa o abrir unos mejillones en escabeche para improvisar una cena rápida es una costumbre profundamente arraigada en millones de hogares. Sin embargo, a la hora de pasar por el supermercado, pocas veces nos detenemos a revisar la letra pequeña del etiquetado para comprobar qué estamos comprando exactamente. A partir de este año, ese gesto cotidiano viene acompañado de un cambio radical gracias a la entrada en vigor de una nueva normativa que va a revolucionar la transparencia en el sector de las conservas de pescado y marisco, garantizando que el consumidor sepa con total certeza qué se esconde bajo el abrefácil.
El pasado 2 de enero comenzó a aplicarse de forma oficial el Real Decreto 1082/2025, una medida publicada en el Boletín Oficial del Estado el 6 de diciembre del año anterior que viene a poner orden en los mostradores y lineales. El propósito central de esta legislación es proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los ciudadanos, asegurando su derecho a elegir su alimentación con conocimiento de causa. Hasta la fecha, la comunicación entre las empresas procesadoras y el comprador final resultaba insuficiente en muchos aspectos, amparada a menudo en términos ambiguos o descripciones comerciales que daban pie a malentendidos en la cesta de la compra.
Con este nuevo marco legal, las reglas de juego se endurecen sustancialmente para cualquier conserva, preparado o producto fresco y refrigerado de origen marino que se comercialice en España. La normativa establece que los operadores son los responsables directos de que todo lo reflejado en el envase coincida escrupulosamente con el interior. Aunque las empresas disponen de un margen de un año para dar salida a los envases que ya tenían impresos con las etiquetas antiguas, la adaptación ha sido inmediata para los productos frescos, priorizando siempre las denominaciones nacionales sobre los nombres locales para unificar los criterios del mercado.
El fin de la ambigüedad en las etiquetasLa gran transformación de esta ley radica en que define con precisión quirúrgica qué significa cada término técnico utilizado en la industria conservera. Expresiones habituales como "eviscerado", "limpio", "ahumado", "pasteurizado", "ultracongelado" o "en escabeche" dejan de ser interpretables de manera libre por las marcas y pasan a tener una categoría legal estricta. Lo mismo ocurre con los cortes del pescado: conceptos como "ventresca", "lomo", "filete", "cocochas" o "anillas" se integran en definiciones cerradas que obligan al fabricante a cumplir con requisitos muy específicos para poder emplear esos nombres en sus diseños de empaque.
Este control estricto se traslada también a la denominación de las especies, que obligatoriamente tendrán que coincidir con el registro científico de la base de datos ASFIS de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Esta medida persigue erradicar prácticas de mercado confusas, como la venta de ciertas latas etiquetadas como zamburiñas que en realidad albergaban volandeiras o vieiras del Pacífico en su interior. En el caso particular de las sardinas, se fija un criterio matemático para el uso de la palabra "sardinilla": solo se admitirán bajo este nombre los ejemplares de Sardina pilchardus que midan entre 11 y 15 centímetros con un peso de 10,7 a 25 gramos si son del Mediterráneo, o entre 11 y 13,7 centímetros con un peso de 12,5 a 25 gramos si provienen del Atlántico u otros caladeros.
El Gobierno endurece las reglas de calidad alimentaria para erradicar los engaños comerciales en el envasado marino
Por su parte, las conservas de mejillones, almejas y berberechos experimentan su mayor actualización en cuatro décadas, puesto que sus normas de calidad específicas no se renovaban desde el año 1985. Para evitar que la legislación quede obsoleta ante las nuevas técnicas de la industria, la Secretaría General de Pesca gestionará un sistema dinámico cuyas listas oficiales se revisarán en el BOE durante el primer trimestre de cada año, permitiendo a los operadores y a las comunidades autónomas proponer cambios en un plazo de resolución de seis meses. Aunque el decreto no incluye un catálogo de sanciones propio, los incumplimientos se castigarán a través de la Ley de Pesca Marítima del Estado, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de la Cadena Alimentaria, manteniendo las autonomías sus competencias para vigilar y sancionar el mercado.
El Confidencial



