Reforma laboral: preguntas y respuestas para entender los cambios que habrá para las empleadas domésticas en Colombia

La reforma laboral que sancionó el presidente Gustavo Petro el pasado 25 de junio incluyó varios ajustes que beneficiarán a las personas que prestan servicios domésticos en el país.
Para entender mejor cuáles son estos cambios y sus implicaciones, la CEO de Symplifica, Salua García-Fakih, respondió varias preguntas que pueden estar surgiendo.
De acuerdo con Symplifica, plataforma especializada en formalizar la gestión laboral de empleados del hogar, en Colombia hay casi 700.000 personas que se dedican a estas labores.
¿Será obligatorio el contrato escrito para el trabajo doméstico remunerado?Con la reforma laboral se está privilegiando el contrato escrito, pero no se le va a quitar validez al contrato verbal. En ambos casos, el contrato se deberá registrar.
El Ministerio de Telecomunicaciones tiene 12 meses, es decir hasta el 25 de junio de 2026, para crear un sistema de información que permita el registro de estos contratos de trabajo.

Salua García-Fakih, CEO de Symplifica Foto:Symplifica
El contrato verbal sigue existiendo en el Código Sustantivo del Trabajo y se asume como un contrato a término indefinido. Aplicará para cualquier trabajador siempre y cuando se cumplan las condiciones de un contrato.
No obstante, siempre será mejor tener un contrato escrito porque permite ver todas las condiciones que se pactan, establecer un periodo de prueba y fijar los horarios de trabajo.
¿Cómo funciona el contrato escrito para una empleada por días o por un solo día que no es recurrente?La posibilidad de trabajar y cotizar seguridad social por días ya existía en el país, pero no estaba incluida dentro del Código Sustantivo del Trabajo. En ese sentido, la reforma laboral permitió formalizar este tema para darle más legitimidad.
Si una persona no trabaja ni siquiera 21 días al mes, el empleador puede formalizar esa relación laboral a través de la cotización por semana.
Esto viabiliza la posibilidad de que una trabajadora pueda continuar en el Sisbén para los servicios de salud y que se le pague proporcionalmente la pensión, la afiliación a una Caja de Compensación Familiar y la ARL (Administradora de Riesgos Laborales).

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Primero, se debe coger como base el salario mínimo, que para 2025 es de 1’423.500 pesos, y dividirlo en cuatro, que son las semanas que tiene un mes. Esta operación da 355.875 pesos.
- De 1 a 8 días de trabajo, el pago de la seguridad social se basa en una semana del salario mínimo (355.875 pesos).
- De 8 a 15 días de trabajo, el pago de la seguridad social se basa en dos semanas del salario mínimo (711.750 pesos).
- De 16 a 21 días de trabajo, el pago de la seguridad social se basa en dos semanas del salario mínimo (1’067.625 pesos).
La seguridad social se paga por cada día que se trabaja. Por ejemplo, por una persona que trabaja solo un día a la semana el empleador debe pagar 64.000 pesos, lo cual es mucho más económico si un empleador tuviera que hacer el pago sobre un salario mínimo completo. Por dos o tres días son 121.000 pesos.
Sin embargo, las prestaciones sociales (prima, vacaciones y cesantías) no se pagan por cada día trabajado sino teniendo en cuenta el salario que se recibe al mes, sin importar los días trabajados.

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Si la persona trabaja por días, puede seguir afiliada al Sisbén. Solo a las trabajadoras domésticas que son beneficiarias en salud o tienen Sisbén les aplica la cotización de seguridad por días.
Si una empleada doméstica está afiliada en el régimen contributivo debe cotizar sobre el salario mínimo mensual. Aunque es más costoso, hacer esta cotización tiene una gran ventaja y es que las incapacidades las paga la EPS, algo que no aplica para el régimen subsidiado (Sisbén).
¿La reforma laboral hizo cambios en la posibilidad de que una parte del pago sea en especie?No hubo ningún cambio, esta posibilidad solo aplica para las empleadas internas y sigue siendo opcional del empleador pactarlo con su trabajadora doméstica.
El pago en especie debe ser máximo del 30 por ciento del salario y solo aplica para las empleadas de tiempo completo.

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En la reforma laboral no hubo ningún cambio sobre el auxilio de transporte. Por lo tanto, sigue aplicando solo para empleadas domésticas externas que trabajen por días o tiempo completo.
Si la empleada doméstica trabaja por días, para calcular cuánto le corresponde por cada día laborado debe coger el valor total, que para 2025 es de 200.000 pesos, y dividirlo en 30. Por lo tanto, este año el auxilio de transporte diario es de 6.666 pesos.
¿El nuevo horario nocturno y el aumento en los recargos por domingos y festivos también aplicarán para las empleadas domésticas?Sí. La reforma laboral estableció que el trabajo diurno es el que se realiza entre las 6:00 am y las 7:00 pm, mientras que el trabajo nocturno será entre las 7:00 pm y las 6:00 am. Actualmente, la jornada nocturna inicia a las 9:00 pm.
Adicionalmente, los recargos por trabajar un día festivo o domingo aumentará al 100 por ciento (actualmente es del 75 por ciento), pero su implementación será gradual:
- A partir de 1.° de julio de 2025 subirá a 80 por ciento
- A partir del 1.° de julio de 2026 aumentará a 90 por ciento
- A partir del 1.° de julio de 2027 se dará plena aplicación al recargo del 100 por ciento.

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Cada empleador debe pagarle a su empleada doméstica la seguridad social por los días que va a su casa. Esto no representa costos adicionales para alguna de las partes.
¿Una empleada puede tener más de un contrato laboral escrito?Las empleadas domésticas a tiempo parcial sí pueden tener varios contratos escritos, pero las de tiempo completo solo pueden tener uno porque la seguridad social solo les permitir tener un contrato.
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